Los octogenarios y la renovación de la licencia de conducir: una guía de supervivencia a corto

Las recientes enmiendas del Código de Circulación introdujo en julio de predecir que los mayores de 80 años puede seguir conducir ciclomotores o vehículos (licencia A, B, C y D), siempre que los comités locales de medicina reciben de un local específico certificado que acredite que la persistencia de los requisitos físicos y psicológicos, a raíz de las visitas de años de especialistas, a expensas de la persona en cuestión.

En espera de la elaboración de directrices apropiadas para que las comisiones deben seguir para garantizar los criterios de evaluación uniformes, un reciente decreto del Ministerio de Infraestructura (8 de septiembre de 2010, entró en vigor el 15 de septiembre), que se celebró de la siguiente manera:

  1. que a la fecha 15 de septiembre de 2010 han cumplido 80 años, sujeto a las nuevas regulaciones. Así que para la renovación de la validez de la licencia debe presentar a los comités de especialistas locales. La licencia es válida por 2 años;
  2. aquellos que han cumplido 80 años, pero antes de la entrada en vigor de la nueva normativa se renueva una licencia de conducir puede seguir conduciendo hasta la expiración natural de la misma;
  3. para todos aquellos que están sujetos a la verificación de los requisitos antes del 15 de septiembre de 2010, incluso si se han cumplido 80 años, será renovado, según la antigua disciplina, por un período de tres años;
  4. los que han pasado los años setenta son 2 posibilidades: si presentan un certificado de aptitud expedido por un médico sentado solo, hasta que la renovación es de 80 años si presentan un certificado de aptitud expedido por el Comité local de la renovación será válida hasta la fecha indicada en la certificación de esta Comisión, pero no más de 82 años.

Algo un poco "más fácil no era posible?

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Acerca de luca Pascotto

, 1971. Esposo, padre, la red de curiosos. Viajes, solo y con la familia. Por trabajo y por placer. Viaje incluso cuando está parado .... veo, compartir y, a veces, escribo.

15. Octubre de 2010 por Luca Pascotto
Categorías: Para la protección del consumidor , las normas de tráfico | Tags: , , | 1 comentario

Un Comentario

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